Fecha de vencimiento: jueves 15 de septiembre de 2022
Recordatorio: Impuestos estimados adeudados del tercer trimestre
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Si aún no lo ha hecho, ahora es el momento de revisar su situación fiscal y realizar un pago estimado de impuestos trimestrales utilizando el Formulario 1040-ES. La fecha de vencimiento del tercer trimestre ya está aquí.
Fecha de vencimiento: jueves 15 de septiembre de 2022
Recuerde, debe retener al menos el 90 por ciento de su obligación tributaria actual o el 100 por ciento de la obligación del año pasado.* Una mirada rápida a la declaración de impuestos del año pasado y una proyección de la obligación de este año pueden ayudar a determinar si es necesario un pago. Aquí hay algunas otras cosas a considerar:
Multa por pago insuficiente. Si no tiene retenciones de impuestos adecuadas durante el año, podría estar sujeto a una multa por pago insuficiente. La sanción puede ocurrir si no tiene retenciones adecuadas durante todo el año. Es posible que un pago rápido al final del año no ayude a evitar la multa por pago insuficiente.
Las retenciones W-2 tienen un tratamiento especial. Se puede realizar un pago de retención W-2 en cualquier momento durante el año y tratarse como si se hubiera realizado durante todo el año. Si no tiene fondos suficientes para pagar el pago trimestral estimado ahora, es posible que pueda ajustar las retenciones de su W-2 para compensar la diferencia.
Trabajadores por cuenta propia. Recuerde también tener en cuenta la necesidad de pagar sus impuestos de Seguro Social y Medicare. Crear y financiar una cuenta de ahorros para este propósito puede ayudar a evitar que el flujo de efectivo se vea afectado cada trimestre cuando paga sus impuestos estimados.
No olvide las obligaciones del estado. Con la excepción de algunos estados, a menudo también debe realizar pagos de impuestos estatales estimados si debe hacerlo para sus impuestos federales. Considere realizar una revisión de sus obligaciones estatales para asegurarse de cumplir con estos pagos de impuestos estimados trimestrales también.
*Si sus ingresos superan los $150,000 ($75,000 si es casado y presenta una declaración por separado), debe pagar el 110 por ciento de la obligación tributaria del año pasado para estar a salvo de una multa por pago insuficiente.